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viernes, 15 de mayo de 2015

La prestación del servicio de agua potable, ¿en crisis?, @carome31|


Por Carlos Romero, 14/05/2015

El problema en la prestación del servicio de agua potable no tiene ideología, afecta a todos por igual, no discrimina si se trata de capitalismo o de socialismo del siglo XXI. La Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que hay 1,6 millones de personas que fallecen cada año por causa de enfermedades diarreicas, atribuibles a la falta de acceso a un agua potable saludable y al saneamiento básico, de ese universo, un total de 90% son menores de cinco años, según los datos de la OMS[1].

Precisamente en ocasión al Día Internacional del Agua, celebrado en marzo de 2015, el Papa Francisco hizo un llamado a garantizar el acceso universal al agua potable y pidió a la comunidad internacional proteger las aguas del planeta y garantizar que nadie sea excluido o discriminado del uso del agua, reconociéndolo como un bien común por excelencia.

En Venezuela, la Ley Orgánica de Prestación del Servicio Público y Saneamiento (LOPSPyS), asume como uno de sus principios rectores el acceso de todos los ciudadanos a la provisión de los servicios de agua potable y saneamiento; la preservación de la salud pública, el recurso hídrico y el ambiente; así como también, la calidad del servicio público.

Además ese texto legal, entre sus objetivos, expresamente señala la protección de los derechos de los suscriptores de este servicio público, es decir de los ciudadanos y además, persigue en sus normas, diseñar mecanismos que faciliten la participación ciudadana en esta materia.

Entre esos derechos que la Ley venezolana busca proteger está precisamente el recibir información precisa, completa y oportuna del prestador del servicio sobre tarifas, calidad de agua, condiciones de la prestación del servicio y cualquier otra información que sea relevante.

Pero además y como complemento a este derecho, la Ley obliga a los prestadores del servicio a garantizar información a los suscriptores y a los municipios sobre cualquier anormalidad o irregularidad en la prestación del servicio de agua potable.

En conclusión, y así lo expresa el artículo 9 de la Ley de Aguas, la información se convierte en la herramienta esencial para que el Estado pueda promover la participación de los ciudadanos en los problemas del agua y en la construcción de las soluciones necesarias en esta materia.

Por lo tanto cuando un alcalde, como ocurrió en Puerto Cabello[2], estado Carabobo, solicita se declare en Estado de Emergencia el Municipio por ausencia de agua potable, y la autoridad además reconoce que hasta que no llueva no habrá expectativas de tener agua nuevamente a través de las tuberías, pone de relieve una grave crisis local, que exige necesariamente un Plan de Contingencia, que concrete acciones de coordinación entre el Poder Nacional, Estadal y Municipal, pero además, demanda que en ese plan los ciudadanos tengan activa participación en su diseño, ejecución y evaluación.

Así mismo ocurre, cuando los Concejos Municipales de Palmira[3], estado Táchira y del municipio Piar, estado Bolívar[4], de manera institucional elevan su voz de alerta y advierten la necesidad de declarar Emergencia por las fallas en la prestación del servicio de agua potable.


En Píritu, estado Anzoátegui, por ejemplo, el Alcalde asumió la perforación de pozos de agua profunda para distribuir agua potable con camiones cisternas de manera gratuita a otras poblaciones,[5] pero no ha dejado de representar a sus vecinos frente a otras instancias gubernamentales en el reclamo por las mejoras necesarias para garantizar el acceso y la calidad del servicio a toda la población.

Las mesas técnicas de agua previstas en la LOPSAPyS, pareciera convertirse en una necesidad, pero su inexistencia no debe y no puede limitar el derecho a la participación, en tal sentido, los otros mecanismos de participación previstos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se presentan como alternativas útiles para facilitar que el ciudadano pueda ejercer legítimamente, en el marco de la autonomía municipal, su derecho constitucional a participar en particular en este tema que le afecta de manera directa e impacta la calidad de vida del municipio.

En este sentido, los Municipios pueden promover la conformación de un espacio institucional en el cual se ponga al servicio de la colectividad, la experticia y conocimiento de algunos vecinos del municipio en la materia, y junto a las autoridades públicas locales, puedan diagnosticar la realidad municipal en cuanto al acceso al agua potable, la calidad del servicio, las razones que han sostenido el racionamiento a lo largo de los meses anteriores, y las medidas se han tomado para solventar ese racionamiento programado; todo ello, con la finalidad de construir desde la institucionalidad local un plan que responda a una eventual crisis hídrica con estrategias y acciones viables para evitar que se quiebre la mínima convivencia pacífica en las comunidades.

La educación y sensibilización ciudadana resulta un elemento clave en esas estrategias, asumiendo como premisa que hasta que no llueva, no mejorará la situación, pero teniendo presente, que hay soluciones técnicas que deben tomarse y que sólo el gobierno central es el responsable de concretarlas.

En momentos de crisis, la inclusión ciudadana es necesaria, pues la comprensión de la realidad, sus causas y consecuencias, son pieza clave; pero además, resulta importante la organización vecinal capaz de articular con las autoridades locales el reclamo efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico venezolano a cada uno de los ciudadanos suscriptores del servicio público de agua potable.

No olvidemos, que el acceso al agua es un derecho fundamental y además un bien social reconocido por la Ley de Aguas; por lo tanto, como bien insustituible, estos tiempos exigen que ante la interrupción del servicio o el racionamiento programado, los ciudadanos y las autoridades locales deben involucrarse responsablemente en prever cualquier posible contingencia para no agravar la situación, más de lo que ya pareciera estar.

[1] El Tiempo. Papa Francisco pide garantía de acceso a agua potable. 22 de marzo de 2015. Online en: http://www.eltiempo.com/mundo/europa/agua-potable-en-el-mundo/15445943

[2]El Universal. Alcalde de Puerto Cabello exige decretar estado de emergencia. 8 de mayo 2015. Online en: http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/150508/alcalde-de-puerto-cabello-exige-decretar-estado-de-emergencia

[3]Acueducto de Palmira debe ser declarado en emergencia. 23 de marzo del 2015.http://diariodelosandes.com/index.php?r=site/noticiasecundaria&id=9218

[4] El Fortín de Guayana. Upata en emergencia por falta de agua. 24 de abril de 2015. Online en:http://elfortindeguayana.com/83429-upata-en-emergencia-por-falta-de-agua/

[5] El Norte. “El entendimiento nacional es la única vía para superar la situación actual. 03 de mayo de 2015. Online en: http://www.elnorte.com.ve/40462/

Artículo escrito para Politika UCAB


Carlos Romero M.
@carome31




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