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lunes, 18 de mayo de 2015

¿Entregaron el Esequibo?, por Omar Barboza Gutiérrez

Omar Barboza Gutiérrez mayo de 2015

El 03 de octubre de 1899 se conoció en Paris el Laudo Arbitral dictado por magistrados extranjeros (ingleses, norteamericanos y ruso), que desconoció incluso la materia sobre la que debía decidir, y mediante una componenda política, le usurpó al territorio venezolano 150.500 Km2, desconociendo así los títulos nuestros sobre el territorio que ese Laudo amañado pretendía arrebatarle al suelo patrio. Sobre esa maniobra en contra de Venezuela, existen pruebas y testimonios irrefutables.

La historia venezolana registra una serie de acciones, especialmente de nuestros gobiernos democráticos, para defender nuestra soberanía e integridad territorial sobre la parte que el Laudo de Paris desconoció como nuestro.

Es así como el 12 de noviembre de 1962, bajo el gobierno de Rómulo Betancourt, su Ministro de Relaciones Exteriores, Marcos Falcón Briceño oficialmente denunció ante la ONU ese Laudo Arbitral de Paris de 1899, alegando componendas y vicios de nulidad justificativos del despojo; en su exposición en nombre de la nación y del gobierno, alegó que el Laudo es nulo e írrito debido a lo que se conoce en el Derecho Internacional, como actos contrarios a la buena fe por parte de Gran Bretaña y de los integrantes del Tribunal Arbitral.

En paralelo a la denuncia ante la ONU, el gobierno venezolano continuó conversando y negociando con los británicos por la vía diplomática el asunto de la reclamación del Esequibo. Como consecuencia de esas gestiones, se acuerda una Agenda firmada por las partes en Londres el 1ro de diciembre de 1965, y el día 10 de ese mismo mes, se publicó un Comunicado conjunto mediante el cual Gran Bretaña asume el compromiso de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo pacífico de la controversia, lo cual trajo como consecuencia que el 17 de febrero de 1966 se firmó el Acuerdo de Ginebra para resolver la controversia entre Venezuela y Gran Bretaña, en consulta con el gobierno de la Guyana Esequiba, el cual forma parte del mismo.

Se designó una Comisión Mixta que dentro de un plazo de 4 años debería lograr un acuerdo sobre la controversia, y en caso de no lograrlo, los gobiernos escogerían sin demora uno de los medios de solución pacífica previstos en el Artículo 33 de las Naciones Unidas. Formó parte del Acuerdo, el reconocimiento de las partes de que ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras el mismo se encuentre en vigencia, constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los territorios de Venezuela o de la Guyana Británica, a fin de crear derechos de soberanía en esos territorios; excepto cuando tales actividades o actos sean el resultado de cualquier convenio logrado en la Comisión Mixta y aceptado por escrito por los gobiernos.

Por otra parte, durante el gobierno de Raúl Leoni y con motivo de la independencia de la Guyana Británica, el Canciller Ignacio Iribarren Borges el 26 de mayo de 1966, en nombre del gobierno venezolano, fijó la siguiente posición: “En consecuencia y atendiendo a lo pautado en el Artículo 5 del Acuerdo, el reconocimiento que Venezuela hace del nuevo Estado de Guyana, no implica por parte de nuestro país renuncia o disminución de los derechos territoriales reclamados, ni de ninguna manera afecta los derechos de soberanía que se desprenden de la reclamación surgida de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de Paris de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y la Guyana Británica es nulo e írrito. Por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado el que se sitúa al Este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante el nuevo país y ante la comunidad internacional, que reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre toda la zona que se encuentra a la margen izquierda del precitado río; en consecuencia el territorio de la Guyana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea media del rio Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico”.

El Artículo 10 de la vigente Constitución establece: “El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que corresponden a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”.

Pero hoy Guyana actúa como si el Acuerdo de Ginebra no existiera, y nuestro gobierno luce de brazos cruzados. ¿Es que se decidió por arriba entregar al Esequibo de espaldas al pueblo?

omarbarboza1@cantv.net

Omar Barboza Gutiérrez

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